Diccionario de la lengua española (2001)

Debe tenerse en cuenta que esta versión electrónica da acceso al texto de la 22.ª edición del Diccionario de la lengua española, publicada en 2001.

Ver definición de casar1 en la edición actual

Ver conjugación casar1.

(De casa).

1. intr. Contraer matrimonio. U. m. c. prnl.

2. intr. Dicho de dos o más cosas: Corresponder, conformarse, cuadrar.

3. tr. Dicho de un ministro de la Iglesia o de una autoridad civil competente: Autorizar el matrimonio de dos personas.

4. tr. Dicho de un jugador y el banquero: Poner sobre una carta cantidades iguales.

5. tr. Unir, juntar o hacer coincidir algo con otra cosa. Casar la oferta con la demanda.

6. tr. Disponer y ordenar algo de suerte que haga juego con otra cosa o tengan correspondencia entre sí. U. t. c. intr.

7. tr. coloq. Dicho de un padre o de un superior: Disponer el casamiento de alguien que está bajo su autoridad.

casarás y amansarás.

1. expr. coloq. U. para ponderar las sujeciones inherentes al matrimonio.

no ~se con nadie.

1. loc. verb. coloq. Conservar la independencia de opinión o actitud.

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Ver definición de casar2 en la edición actual

Ver conjugación casar2.

(Del lat. cassāre, de cassus, vano, nulo).

1. tr. Der. Anular, abrogar, derogar.

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Ver definición de casar3 en la edición actual

casar3.

1. m. Conjunto de casas que no llegan a formar pueblo.

2. m. Ven. casal (pareja de macho y hembra).

3. m. ant. Solar, pueblo arruinado, o conjunto de restos de edificios antiguos.

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