Diccionario panhispánico de dudas

2.ª edición (versión provisional)
librar(se)

1. Cuando significa 'preservar(se) de alguien o algo no deseado, especialmente un trabajo, mal o peligro', lleva un complemento con de, que expresa lo indeseado: «Como si yo fuera su mamá y tuviera que librarlo de un castigo» (Mastretta Vida [Méx. 1990]). Con el sentido de 'expedir [letras de cambio y otras órdenes de pago] a cargo de alguien que tenga fondos a disposición del librador', además del complemento directo, lleva un complemento introducido por contra, que expresa la persona a cuyo cargo se expide la orden: «López debió librar tres cheques contra los bancos de la provincia de Córdoba» (Clarín [Arg.] 8.2.1979).

2. El uso de librarse con el significado de 'entregarse o abandonarse' es galicismo o catalanismo que debe ser evitado: ⊗‍«Atraviesa la puerta de cartón piedra del decorado, la cierra tras de sí y se libra a la carcajada» (Vanguardia [Esp.] 31.8.1994).

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/librar, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 26/04/2024].

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