Diccionario panhispánico de dudas

2.ª edición (versión provisional)
instituir(se)

1. 'Fundar o establecer [algo]' y 'nombrar o declarar [a alguien] para el ejercicio de un cargo o papel'. Verbo irregular: se conjuga como construir (→ apéndice 1, construir). Su participio, instituido, se escribe sin tilde (→ tilde2, 2.1.1 y 2.1.2).

2. Con el segundo sentido indicado, además del complemento directo, lleva un complemento predicativo, precedido a veces de la preposición en: «La estabilidad política fue el mayor logro del régimen que Cánovas edificó con la ayuda del rey Alfonso XII, a quien la Constitución instituyó jefe supremo del ejército» (GaCortázar/GlzVesga España [Esp. 1994]); «Doña América y Laureano se instituyeron en parte contraria» (FdzCastro Novia [Esp. 1987]).

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/instituir, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 29/03/2024].

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