Diccionario panhispánico de dudas

2.ª edición (versión provisional)
facultar

1. 'Dar [a alguien] poder, derecho o capacidad para algo'. Se construye con un complemento directo de persona y un complemento de finalidad con para: «Las leyes lo facultaban para impedir a los legisladores que acordaran una extensión de su periodo de gobierno» (Victoria Casta [Méx. 1995]); no es aconsejable usar a para introducir este complemento: ⊗‍«La ley faculta a los partidos a cesar a sus concejales» (País [Esp.] 2.5.1980). Es incorrecta la construcción con complemento directo de cosa e indirecto de persona (⊗‍facultar algo a alguien): ⊗‍«Una supuesta línea independiente que le faculta criticar los “errores y excesos” de su principal aliado» (Tiempos [Bol.] 2.2.1997); debió decirse lo faculta para criticar.

2. No debe usarse en lugar de facilitar ('hacer posible la ejecución o consecución [de algo]'): ⊗‍«Un sistema político basado en las libertades […] facultaría la solución de aquellos problemas» (País [Esp.] 17.9.1977).

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/facultar, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 20/04/2024].

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