Diccionario panhispánico de dudas

2.ª edición (versión provisional)
exceder(se)

1. Cuando significa, dicho de una persona o cosa, 'superar [a otra]', es transitivo y el complemento directo, aun siendo de cosa, va precedido de a (→ a2, 1.1.13): «El ingreso excede al gasto» (Excélsior [Méx.] 21.10.1996). Suele llevar además un complemento con en que expresa el aspecto en el que se produce el exceso: «Le excedo [a usted] en experiencias mundanas» (TBallester Filomeno [Esp. 1988]). Como intransitivo pronominal significa 'ir más allá de lo conveniente' y lleva un complemento del mismo tipo: «Se excedió en la dosis» (BVallejo Diálogo [Esp. 1984]).

2. Cuando significa 'sobrepasar cierto límite', admite dos construcciones: una transitiva, en la que el límite lo expresa un complemento directo: «Se organizaron bailes, cuyo renombre llegó a exceder los ámbitos literarios» (Dolina Ángel [Arg. 1993]); otra intransitiva, en la que el límite se expresa con un complemento introducido por de: «La duración de la intervención no debe exceder de una hora» (GmzMontoya Cirugía [Esp. 1995]).

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/exceder, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 27/04/2024].

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