Diccionario panhispánico de dudas

2.ª edición (versión provisional)
emparentar(se)

1. Como transitivo, 'establecer parentesco o relación [entre dos personas o cosas]' y, como intransitivo, dicho de persona, 'contraer parentesco con otra' y, dicho de cosa, 'tener relación con otra'. Este verbo admite dos conjugaciones: una irregular, según el modelo de acertar (→ apéndice 1, acertar), esto es, con diptongación en las formas cuya raíz es tónica (empariento, emparientas, etc.), y otra regular, sin diptongación (emparento, emparentas, etc.): «Hay algo heroico en su conducta, algo que lo emparienta con los ídolos de su juventud» (Volpi Klingsor [Méx. 1999]); «Una fisonomía urbana que emparenta a Alhucemas con las ciudades españolas de los años cincuenta» (Silva Rif [Esp. 2001]).

2. Cuando significa, dicho de una persona, 'contraer parentesco con otra', lo normal, en el habla culta, es su empleo como intransitivo no pronominal: «Me hice amiga del muchacho, que me caía en gracia y me libraba de emparentar con los Alatriste» (Mastretta Vida [Méx. 1990]). Pero no es infrecuente, sobre todo en América, su uso como intransitivo pronominal: «La idea de emparentarse con la nobleza no dejaba de ilusionarlo» (Rovinski Herencia [C. Rica 1993]). Es general, en cambio, su uso como intransitivo pronominal cuando significa, dicho de una cosa, 'tener relación con otra': «Su obra […] se emparenta con la de don Pablo» (Abc [Esp.] 19.4.1996).

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/emparentar, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 19/04/2024].

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