Diccionario panhispánico de dudas

2.ª edición (versión provisional)
denominar

1. 'Dar [a algo o a alguien] un nombre determinado'. Además del complemento directo, lleva un complemento predicativo: «En el argot carcelario lo denominamos “el artículo setenta”» (Palou Carne [Esp. 1975]). Al igual que otros verbos de denominación, denominar admite que su predicativo vaya precedido de como (→ como, 3.3), aunque se prefiere la variante que no lo lleva: «Uno de esos motivos lo constituye esa mirada que se ha denominado como cine etnográfico» (Aguilar Vejez [Méx. 2017]); pudo decirse se ha denominado cine etnográfico.

2. Con el fin de diferenciar el complemento directo del predicativo, el primero de ellos va, a menudo, encabezado por la preposición a, aunque no se refiera a persona: «Francis denomina ignimbrita a este ácido volcánico poroso» (Morales Cordilleras [Perú 2001]). Esta circunstancia ha favorecido que denominar con complemento directo de cosa admita, además de la construcción pasiva refleja, la construcción impersonal (→ se, 2.1): «Se denominan conectivas o conectores aquellas partículas que sirven para unir o conectar entre sí proposiciones» (VV. AA. Filosofía [Esp. 1998]); «Se denomina así a los minerales filonianos solidificados» (Crea Curación [Arg. 1995]). Lo que no debe hacerse es mezclar ambas construcciones: ⊗‍«En los orígenes institucionales del cristianismo se denominan supersticiosos a aquellos que rezaban y ofrecían sacrificios para que sobreviviera la memoria de sus muertos» (Mundo [Esp.] 5.3.1994); debió decirse se denomina supersticiosos a aquellos que… o se denominan supersticiosos aquellos que… Por lo que respecta a los pronombres objeto, se recomienda emplear las formas de acusativo lo(s), la(s); si bien cuando dicho pronombre va precedido de la marca de impersonalidad se, se admite que tome la forma le(s) (→ leísmo, 4.f): «A semejante recurso, José Luis Martínez lo denomina “adjetivación de signo contrario”» (Celorio Contraconquista [Méx. 2001]); «Se contaban con los dedos de la mano los desterrados o deportados, como se les denominó durante la dictadura de Ibáñez» (Teitelboim País [Chile 1988]).

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/denominar, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 27/04/2024].

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