Diccionario panhispánico de dudas
2.ª edición (versión provisional)1. 'Condición de consanguíneo'. Procedente del latín consanguinitas, se documenta en épocas tempranas del español: «E este casamiento asimesmo fue después por el papa Ynoçençio partido, porque eran muy çercanos en deudo e consanguinidad» (Escavias Repertorio [Esp. 1467-1475]). Es preferible esta voz, de larga tradición y mayoritaria en el uso, al sustantivo consanguineidad, creación reciente y formalmente correcta a partir del adjetivo consanguíneo (→ -dad, 1.d): «Las diferencias en el tipo físico entre los seres humanos se derivan del grado de consanguineidad de la población» (Navarro/DzMartínez Ética [Esp. 1997]). Son incorrectas las formas ⊗cosanguinidad y ⊗cosanguineidad.
Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/consanguinidad, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 26/04/2024].