Diccionario panhispánico de dudas

2.ª edición (versión provisional)
alegrar(se)

1. Cuando significa 'causar alegría', es verbo de afección psíquica y, por ello, dependiendo de distintos factores (→ leísmo, 4.a), el complemento de persona puede interpretarse como directo o como indirecto: «Freddy los alegraba mucho con sus ocurrencias» (Vergés Cenizas [R. Dom. 1980]); «También le alegró que el dormitorio volviera a ser común» (Pitol Vida [Méx. 1991]). Lo que motiva la alegría es, en esta construcción, el sujeto gramatical, por lo que no debe ir precedido de preposición: Le alegra que hayas venido, no ⊗‍Le alegra de que hayas venido (→ dequeísmo, 1.a).

2. Como pronominal (alegrarse), significa 'sentir alegría' y se construye con un complemento encabezado por de: Se alegra de que hayas decidido venir; no se debe, en este caso, suprimir la preposición (→ queísmo, 1.a): ⊗‍Se alegra que hayas decidido venir.

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/alegrar, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 26/04/2024].

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