Diccionario panhispánico de dudas

2.ª edición (versión provisional)
contradecir(se)

1. Dicho de una persona, 'decir lo contrario [de algo dicho por otro, o por uno mismo], o negar que sea cierto' y, dicho de una cosa, 'desmentir [algo] o demostrar que no es cierto'. Verbo irregular: se conjuga como decir (→ apéndice 1, decir), salvo en la segunda persona del singular del imperativo no voseante, cuya forma es contradice (tú), y no ⊗‍contradí. No obstante, en el futuro simple de indicativo y en el condicional simple, junto a las formas irregulares, se emplean con normalidad, en ciertas zonas, las formas regulares: contradiré o contradeciré, contradirás o contradecirás, etc.; contradiría o contradeciría, contradirías o contradecirías, etc. El participio es contradicho, no ⊗‍contradecido.

2. El complemento directo puede expresar lo que se niega o desmiente: «El jefe de obras contradice la versión de los directivos de la constructora» (Mundo [Esp.] 25.4.1994); o bien la persona que ha realizado la afirmación que se niega o desmiente: «―Los argentinos, en cambio, no emigraban. ―Sí que emigraban. La gente del Chacho y de Varela claro que emigraba […]lo contradijo Moncho» (Nación [Arg.] 28.6.1992).

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/contradecir, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 29/03/2024].

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