Diccionario panhispánico de dudas

2.ª edición (versión provisional)
abolir

1. 'Derogar [una ley, precepto o costumbre]'. Aunque tradicionalmente se ha considerado verbo defectivo, ya que solían usarse solo las formas cuya desinencia empieza por i, hoy se documentan, y se consideran válidas, el resto de las formas de la conjugación: «Se abole la pena de muerte» (VV. AA. Grupo [Esp. 2001]); «Los nuevos poderes abolen la soledad por decreto» (Paz Laberinto [Méx. 1950-59]). Como se ve en los ejemplos, es verbo regular: abolo, aboles, etc., y no ⊗‍abuelo, ⊗‍abueles, etc.

Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española:
Diccionario panhispánico de dudas (DPD) [en línea], https://www.rae.es/dpd/abolir, 2.ª edición (versión provisional). [Consulta: 18/04/2024].

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